El Sistema Único de Habilitación establece los requisitos que deben cumplir de manera obligatoria los prestadores de servicios en salud en Colombia. Dado a esto es importante que los profesionales de la salud previamente a la creación de sus clínicas o consultorios conozcan cada uno de los requisitos que les aplican según los servicios que van a prestar.
Antes de iniciar con este proceso, verifique el uso de suelo del predio donde se ubicara su institución, esta consulta deberá realizarla en las curadurías u oficinas de planeación, para la cual usted deberá verificar que el predio se encuentre habilitado para la prestación de servicios en salud.
Una vez verifique que el predio cumple con este proceso, tenga en cuenta los requisitos en cuanto a infraestructura de los servicios que usted prestara, asegúrese que cuenta con condiciones de accesibilidad para pacientes en condición de discapacidad y remítase a los criterios establecidos en el anexo técnico de la Resolución 2003 del 2014, donde usted encontrara la autoevaluación que debe realizar con base a los criterios que aplican a todos los servicios y los que aplican específicamente a los servicios objeto a habilitar. Recomendamos verificar de manera inicial este proceso con el objetivo que usted realice de forma pertinente las modificaciones en infraestructura, y no pierda dinero ni tiempo interviniendo nuevamente este proceso por no tener en cuenta los requisitos contemplados. Algunas de las normas que le recomendamos consultar a parte de la Resolución 2003 en infraestructura son: Resolución 4445 de 1996, Ley 9 de 1979 y la Resolución 14861 de 1985 la cual contempla requisitos para las condiciones de accesibilidad a pacientes discapacitados.
Una vez usted se asegure que su institución cumple con los requisitos en infraestructura, realice el proceso de autoevaluación por cada uno de los estándares:
- Talento humano
- Infraestructura: Recuerde en este proceso verificar las condiciones previas en infraestructura contempladas en la página 199 de la Resolución 2003.
- Dotación y mantenimiento de equipos
- Medicamentos, dispositivos médicos e insumos
- Procesos prioritarios
- Historia clínica y registros
- Interdependencia de servicios
Realizado el proceso de autoevaluación, asegúrese de implementar acciones de mejora en los criterios no cumplidos, con el objetivo de dar cumplimiento a todos los requisitos, recuerde que estas son las condiciones mínimas que deben cumplir los prestadores de servicios y por lo tanto es indispensable que usted se asegure que cumple al 100% los mismos.
Una vez verifique que cumple con todos los requisitos usted podrá realizar su proceso de inscripción ante la Secretaria Departamental de Salud, este proceso aplica para profesionales independientes, las IPS deberán solicitar Previsita de verificación para lo cual tenga en cuenta que por norma las secretarias tiene plazo hasta de 6 meses para realizar la visita, absténgase de prestar servicios antes de recibir su Previsita, ya que podrá ser sancionado.
Una vez realizado su proceso de inscripción, se le generaran su código de prestador y distintivos de habilitación, los cuales indicaran que ya se encuentra habilitado. Recuerde mantener el cumplimiento de los requisitos de manera permanente, dado a que posteriormente recibirá próximas visitas de verificación al cumplimiento de los requisitos. Si al momento de la visita usted no cumple con el proceso usted podría exponerse a sanciones administrativas o hasta el cierre de sus servicios.